Mientras el Gobierno espera que el Senado dé “luz verde” al denominado “Principio de Inocencia Fiscal”, en los últimos días surgió un nuevo foco de debate entre legisladores y especialistas en tributación.
El proyecto de ley, que busca incentivar a los argentinos a “invertir los dólares del colchón” en la economía, obtuvo media sanción en Diputados; es decir, quedó a un paso de su sanción definitiva.
Sin embargo, recientemente apareció un contrapunto sobre uno de los cambios que propone la administración del presidente Javier Milei: el endurecimiento de las multas automáticas por falta de presentación en tiempo y forma de las declaraciones juradas, una vía que endurecerá los controles de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Ante las inquietudes que surgieron en las últimas horas, el ministro de Economía, Luis Caputo, señaló que ARCA trabajará para brindar una nueva alternativa y prometió una solución menos “inflexible” para quienes presenten sus declaraciones juradas.
“En vez de intimar y aplicar la multa directamente, ARCA va a enviar un recordatorio por 10/15 días hábiles. Una vez transcurrido ese plazo, recién ahí se va a intimar y aplicar la multa”, explicó el titular de Hacienda.
Y remarcó: “Lo importante es que ARCA va a merituar la cantidad de días de demora en la presentación, para aplicar una multa menor, según el caso, y de este modo poder distinguir los incumplimientos frecuentes, de aquellos ocasionales, y no aplicar automáticamente una medida inflexible”.
La senadora y exministra de Seguridad, Patricia Bullrich, quien está a cargo de llevar adelante las negociaciones en la cámara alta, había asegurado días atrás que el Ejecutivo estaba dispuesto a aceptar cambios en las multas automáticas, pero recién una vez que la iniciativa sea aprobada.
“Nosotros estamos dispuestos a las sesiones ordinarias a analizar el planteo que hacen los senadores [Maximiliano] Abad y [Eduardo] Vischi para plantear cuáles serían las multas en los contribuyentes pequeños y la posibilidad de que esas multas sean acordes. En todo caso, como creemos importante poner en marcha esta ley, nos comprometemos a analizar una ley corta que pueda subsanar este problema”, sostuvo.
La propuesta busca actualizar las multas que se aplican a personas físicas y jurídicas. Por ejemplo, las cifras ascienden de $ 200 a $ 220.000 (individuos) y de $ 400 a $ 440.000 (empresas).
Además, el texto enviado al Congreso prevé que, a partir del 1° de enero de 2027, los montos se actualicen automáticamente según la variación de las Unidades de Valor Adquisitivo (UVAs).
Aunque no parecen valores exorbitantes en términos nominales, el incremento representa un salto de más de 100.000% respecto al esquema que rige actualmente.
“Muchas de estas multas son por incumplimientos formales y una parte cae sobre declaraciones de terceros: contribuyentes que actúan como agentes de información, retención o percepción. Es decir, que trabajan ad honorem para el Estado. Con regímenes superpuestos y sin segmentación por tamaño, un atraso mínimo o un error administrativo puede convertirse en una sanción desproporcionada”, explicó el abogado y socio de Expansion Business Argentina, Diego Fraga.
Precisamente, el punto crítico es que ante cualquier error u omisión, la penalidad recaerá sobre los contribuyentes. “Si una persona física o jurídica se olvida de presentar un IVA, por algún error o problema, obviamente tiene que pagar intereses, pero aparte le van a cobrar hasta $ 440.000 de multa. A veces puede hasta exceder el monto de la obligación a pagar, independientemente de que se pueda reducir en un 50%”, detalló el contador público y socio de González Fischer y Asociados S.A, Sergio Biller.
La propuesta que quiere aprobar sí o sí el Gobierno dispone, en el “Título II - Capítulo I” (artículo 15°), la sustitución del primer párrafo del artículo 38 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, las expresiones “doscientos pesos ($200)” por “pesos doscientos veinte mil ($220.000)” y “cuatrocientos pesos ($400)” por “pesos cuatrocientos cuarenta mil ($440.000)”.
Esta actualización tampoco cuenta con el visto bueno del contador y socio de Lisicki Litvin & Asociados, Martín Caranta. “Eso está causando mucha preocupación, tanto en las pymes por afrontar el costo de una presentación tardía -que hoy es muy poco significativo y pasaría a ser bastante significativo- como desde el punto de vista profesional [por los contadores]“, señaló.
Por lo pronto, el Gobierno plantearía revisar el aumento de las multas automáticas recién al inicio de las sesiones ordinarias del Congreso. El panorama asoma complejo para los contribuyentes.
“Aunque se prometa corregirlo luego con una ‘ley corta’, si la norma entra en vigencia, ARCA va a aplicar el nuevo esquema desde el día uno, salvo que haya transitorios y criterios de gradualidad”, apuntó Fraga.
Por último, Biller consideró que los importes deberían reducirse. “Son importes totalmente excesivos y van a perjudicar mucho a las pymes y a los contadores que a veces, por alguna omisión o vacaciones, presentan el pago del impuesto algunos días tarde. No hay problema en comparar con los intereses, pero la multa termina siendo mayor al impuesto ingresado”, marcó.


