Las empresas que no respeten esta normativa podrán enfrentar multas de entre 250 y 2,500 veces la UMA (Unidad de Medida y Actualización) y, en casos de reincideLas empresas que no respeten esta normativa podrán enfrentar multas de entre 250 y 2,500 veces la UMA (Unidad de Medida y Actualización) y, en casos de reincide

La Ley Silla es obligatoria en todo el país a partir de este domingo

La coordinadora de Movimiento Ciudadano en la Cámara de Diputados, Ivonne Ortega Pacheco, subrayó que este domingo se cumple el periodo de gracia que la ley otorgó para que las empresas garanticen un número suficiente de sillas con respaldo a sus trabajadores para el descanso periódico durante la jornada laboral, conocida como la “Ley Silla”.

“Movimiento Ciudadano fue el impulsor de esta medida desde 2023 y que hoy, después de su entrada en vigor en junio de este año, debe ser obligatoria para las empresas. No debe haber pretextos, ya pasaron los 180 días que marca la ley para que los empleadores pudieran prepararse y cumplir con la ley” sostuvo la diputada Ortega Pacheco.

Añadió que la medida es histórica para los derechos laborales en México, especialmente en industrias como el comercio, la seguridad privada, el sector restaurantero y los servicios al cliente, ello al destacar que, de acuerdo con datos del Inegi, al menos 3 millones de personas laboran en ocupaciones que requieren estar de pie la mayor parte del tiempo, por lo que esta ley podría tener un impacto positivo directo en su salud y bienestar laboral.

“El objetivo principal de la reforma es proteger la salud física de trabajadores y trabajadoras que permanecen de pie durante extensas jornadas, ya que entre las consecuencias de no sentarse durante 8, 9 o 10 horas, están la insuficiencia venosa, surgimiento de várices, lesiones de rodillas, hemorroides, fascitis plantar”, dijo.

Multa para empresas que no cumplan normativa

Cabe señalar que de acuerdo con la ley, las empresas que no respeten esta normativa podrán enfrentar multas de entre 250 y 2,500 veces la UMA (Unidad de Medida y Actualización) y, en casos de reincidencia, incluso suspensiones temporales de actividades.

Además de establecer la obligación de los patrones a proveer el número suficiente de asientos o sillas con respaldo a disposición de todas las personas trabajadoras en los sectores de servicios, comercio y centros de trabajo análogos, para la ejecución de sus funciones o para el descanso periódico durante la jornada laboral.

En el caso de descansos periódicos, los asientos o sillas con respaldo deberán estar ubicados en áreas específicas que para tal efecto se designen en las mismas instalaciones del lugar de trabajo.

La “Ley Silla” busca también prohibir que las personas empleadoras obliguen a las personas trabajadoras a permanecer de pie durante la totalidad de la jornada laboral o tomar asiento periódicamente durante el desarrollo de sus funciones.

Además, se proyecta incluir en el reglamento interior del centro de trabajo que los periodos de reposo durante la jornada laboral son obligatorios, así como las normas que regulen el derecho de las personas trabajadoras a usar los asientos o sillas con respaldo.

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